¿Cuándo tengo que presentar la declaración del Impuesto sobre Patrimonio?

26-04-2018

 

En el ejercicio 2017 (la declaración se presenta entre el 4 de abril y 2 de julio del 2018) existe la obligación de declarar el Impuesto sobre el Patrimonio para los contribuyentes con cuota a ingresar (tras aplicar las correspondientes deducciones y bonificaciones) y también para aquellos sin cuota a ingresar, pero que cuenten con bienes y derechos con un valor superior a los dos millones de euros. La declaración se presenta por vía electrónica a través de internet.

El Impuesto sobre Patrimonio lo tienen que declarar las personas físicas con residencia habitual en territorio español por todos sus bienes y derecho con independencia de donde se encuentren ubicados y también lo tienen que declarar las personas físicas que no tienen la residencia habitual en el territorio español y son titulares de bienes o derechos en el territorio español a 31 de diciembre.

Por norma estatal, el mínimo exento de tributación se sitúa en los 700.000 euros y la vivienda habitual está exenta también hasta los 300.000 euros, aunque ambos límites pueden variar, según las CCAA. En el caso de Cataluña, por ejemplo, el mínimo exento se ha reducido y es solo de 500.000 euros.

Todos los contribuyentes a los que corresponda declarar Patrimonio deberán hacerlo exclusivamente por internet, mediante Clave PIN, número de referencia, o bien utilizando el DNI electrónico, o el certificado electrónico.

El plazo para la presentación comienza el 4 de abril del 2018 y se extiende hasta el 2 de julio del 2018 (hasta el 27 de junio para pagos con domiciliación). En el supuesto de declaraciones a ingresar sin domiciliación es necesario realizar, previamente, el ingreso (mediante adeudo en cuenta o en efectivo) en una entidad financiera y obtener el número de justificante de pago que aporta la propia entidad (Número de Referencia Completo, NRC).

 

Esta es una nota meramente informativa relativa al Impuesto sobre el Patrimonio, para más información relativa a este impuesto o inspecciones de hacienda y delito fiscal pueden ponerse en contacto con nosotros, y atenderemos todas las dudas y cuestiones que le puedan surgir.

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