Andorra tipifica el delito fiscal a partir de los 75.000 euros

25-07-2017

Andorra tipificó por primera el delito fiscal en su Código Penal. El gobierno de Andorra aprobó por unanimidad el pasado 13 de julio de 2.017 la modificación del Código Penal para introducir el delito fiscal en su Código Penal todo ello con el fin de poder adaptarse a los estándares internacionales.

El Código Penal fija en 75.000 euros el importe a partir del cual se considerará delito fiscal y un plazo de prescripción de diez años (en España la consideración de delito fiscal viene determinada por una cuota de 120.000 euros y con un periodo de prescripción de 5 años).

También se determina la existencia de un delito fiscal agravado cuando se superen los 150.000 euros o los hechos se enmarquen en el contexto de una organización criminal. En este supuesto el delito será susceptible de ser calificado como de blanqueo de capitales.

Esta es una nota meramente informativa, para más información relativa a inspecciones de hacienda y delito fiscal pueden ponerse en contacto con nosotros, y atenderemos todas las dudas y cuestiones que le puedan surgir.

José Antonio Fons

Interasesores Abogados y Economistas

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